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“Si hubiese un seguro agrícola el productor venezolano pudiera resembrar”
Manuel Zerpa, directivo de la Sociedad Venezolana de Ingenieros Agrónomos y Afines (SVIAA), pidió al la activación del seguro agrícola para que los trabajadores del campo hagan frente a los embates del clima.
“¿Que pasaría si los agricultores venezolanos contaran con un seguro? Hay un costo de producción del cultivo, hay una prima evidentemente sobre ese costo de producción. Si hubiese un seguro actualmente el productor venezolano pudiera resembrar entendiendo que queda por delante todo un periodo de precipitación“, dijo en entrevista para Asegura News.
Zerpa señaló que la falta de seguros en el campo imposibilita a los agricultores tomar medidas en diversos casos, por ejemplo, los daños de las lluvias en las áreas productivas del país.
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De acuerdo con las estadísticas de la SVIAA desde del año 2000 referente a las precipitaciones, cerca de 90% de la superficie de siembra tiene lluvias mayores que los promedios normales.
“Solo en el norte y noreste del estado Portuguesa ocurrieron precipitaciones entre 80% y 120% mayores que el promedio en los últimos 20 años. Se han reportado pérdidas entre 4% y 6% de maíz”, comentó.
Proteger al productor
Tomando en cuenta la gestión de riesgo Zerpa considera que una de las acciones que se puede tomar es la reactivación de los seguros agrícolas.
“Hay que abrir el financiamiento y tener opciones para proteger económicamente al productor. Y que algún ente financiero pueda transferir los riesgos a las aseguradoras”.
A su juicio desde el año 2007 no se han activado los seguros agrícolas en el país y cree que quizás se debió a las condiciones que tenía el crédito (préstamo) en aquel entonces.
“A través de un decreto de emergencia firmado en 2020 se elimina la cartera agrícola donde solamente los rubros a financiar eran maíz, arroz y alimentos balanceados para animales. Entonces el seguro agrícola pasó a un segundo plano y dejó de ser un tema de interés para los agricultores”, recordó.
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¿Cómo mejorar la experiencia del cliente? La respuesta está en los canales alternativos
La puesta en marcha de los canales alternativos está contemplada en las Normas que Regulan los Seguros los Seguros y Planes Inclusivos, publicadas recientemente por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).
Los canales alternativos se definen como la persona jurídica que celebra un convenio con la aseguradora para utilizar su infraestructura, sus activos tecnológicos y sus relaciones con un gran número de afiliados o potenciales afiliados o asegurados, con las que tiene nexos comerciales o de otros tipos, y con ello facilitar la adquisición de un producto de seguro o plan inclusivo.
Estos mecanismos “involucran a las instituciones financieras regidas por la ley que regula el sector bancario, las empresas de servicios públicos o privados, establecimientos comerciales e industriales, gremios y asociaciones, previa inscripción en el registro que a tal fin establezca la Sudeaseg”.
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Canales de comercialización
Hace poco la presidenta de la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV) María del Carmen Bouffard, aclaró que los canales alternativos son, como su nombre lo indica, canales de comercialización que pueden utilizar las empresas de seguros.
“La venta y la comercialización siempre va a estar en la compañía de seguros o de medicina prepagada, al igual que el manejo de la póliza en caso de que exista un siniestro”, explicó.
¿Cuáles son las coberturas permitidas?
De acuerdo con el artículo 11 del instrumento legal las aseguradoras sólo podrán comercializar
como seguros o planes inclusivos las siguientes coberturas: salud, funerarios, accidentes personales, vida individual, vida colectiva, incendio y líneas aliadas, sustracción ilegítima, automóvil, coberturas de daños para residencias o comercios, agrícolas, pecuarios, pesca y acuicultura, siempre que estén autorizadas para operar en el ramo correspondiente.
Para leer las Normas que Regulan los Seguros los Seguros y Planes Inclusivos ingresa al siguiente link
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Cómo funcionará el Consorcio de Compensación de Seguros tras las inundaciones en España
Los afectados por las inundaciones en España serán indemnizados por el Consorcio de Compensaciones de Seguros (CCS) por los daños de los que no pueden hacerse cargo las aseguradoras de ese país,
El CCS es un organismo público, dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y es el ente encargado de prestar ayuda a los clientes de compañías privadas.
“Los daños por inundación extraordinaria sí los indemniza el CCS del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, al encontrarse dicha causa en la relación de los legalmente llamados riesgos extraordinarios”, destacó el CCS en su página web.
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El organismo español aclaró que asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se hayan producido con motivo del fenómeno natural.
QUÉ SE INDEMNIZARÁ
El ente gubernamental se encargará de reparar los daños producidos a las personas aseguradas, al igual que daños en viviendas o comunidades de propietarios; vehículos automóviles; locales de oficina; establecimientos comerciales y de servicios y otros
inmuebles de uso no industrial; industrias; y obras civiles e infraestructuras, entre otros.
“En el caso de los bienes citados, el CCS indemniza tanto los daños materiales producidos por la inundación, como los daños inmateriales que sean consecuencia de aquellos, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, todo ello en la forma que prevea el contrato de seguro del afectado”.
Igualmente las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado o, en su representación, por su aseguradora o por su mediador (agente o corredor) de seguros.
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Aseguran que cambios tecnológicos en el Saren retrasan emisiones de fianzas
Los cambios tecnológicos que empezaron a regir en el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren), el pasado 21 de octubre, están generando retrasos en la emisión de fianzas en el mercado asegurador.
Fuentes consultadas por Asegura News precisaron que las modificaciones implementadas en el ente gubernamental ocasionan “demoras importantes” en la emisión de las fianzas, ya sea por concepto de: licitación, judicial, aduanas, laboral, fiel cumplimiento y anticipo, entre otros.
“Arrancaron con eso en todas las notarías y registros en vez de haber hecho una prueba piloto escogiendo algunas. Eso sorprendió a las compañías de seguros porque para emitir la fianza se necesita agilidad”, comentó una fuente bajo condición de anonimato a Asegura News.
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Algunas aseguradoras comenzaron a informar a sus clientes sobre esta medida con el propósito de que tomen sus previsiones.
“Les informamos que a partir del lunes 21 de octubre ha sido aplicado un cambio en el sistema de notarías; por los procesos inherentes a las fianzas deben realizarse a través del sistema de Saren, no será posible la emisión y entrega del documento para el mismo día”, informó Universal de Seguros en su cuenta de Instagram.
Transformación tecnológica
El Saren informó que desde la semana pasada los usuarios de Miranda, La Guaira y el Distrito Capital comenzaron a realizar sus gestiones de forma “rápida y sencilla”.
Las nuevas adecuaciones permiten cargar documentos, verificar la identidad del usuario mediante biometría, firma digital y fotografía, y recibir la documentación final en el correo electrónico.
Nuevos elementos de seguridad
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