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Las aseguradoras venezolanas no se ganan toda la prima que reciben

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Las aseguradoras venezolanas no se ganan toda la prima que reciben

Las aseguradoras venezolanas no se ganan toda la prima que reciben, aclaró la presidenta ejecutiva de la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV), María del Carmen Bouffard.

Explicó que estudios actuariales desarrollan una tarifa, que es aprobada por la Sudeaseg y luego determinan una prima que debe pagar el contratante.

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Dijo que una vez que las compañías cobran la prima, esta se desglosa en varias partes y los componentes están destinados para cumplir con obligaciones del sector.

La representante de la CAV declaró que parte de la prima va a la empresa que realiza la intermediación de seguros, a través de una comisión.

Explicó que “gracias a su intermediación llega el cliente a la empresa de seguros y se paga la comisión correspondiente, que dependerá del tipo de seguros, ramo y los aranceles autorizados”.

Manifestó que otro porcentaje va dirigido a gastos operacionales de la empresa (pagos de salarios, personal, mantenimiento de estructuras y tecnología.

“Adicionalmente en esa prima están los tributos generales que debe pagar cualquier sociedad mercantil y las empresas atienen unos tributos parafiscales muy específicos”, añadió.

A su juicio, las compañías están en la obligación de hacer reservas técnicas en activos, inversiones y bienes porque son las que garantizarán el cumplimiento de las obligaciones.

“Recordemos que en seguros uno puede cobrar la prima el día de hoy pero el siniestro no necesariamente es el día de hoy. Puede ocurrir dentro de cinco meses o diez meses. Por eso las empresas deben tener los activos suficientes para poder cumplir con las obligaciones”.

MARGEN DE GANANCIA

Expresó que las regulaciones en el sector asegurador establecen un margen de utilidad máximo, y por ende no pueden establecer cuál será su ganancia.

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Normas de Contabilidad y Código de Cuentas en aseguradoras no serán aplicables este año

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Las Normas de Contabilidad y Código de Cuentas en empresas de seguros no se aplicarán este año, aclaró la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) a través de una circular.

“Las Normas de Contabilidad y Código de Cuentas para empresas de seguros, reaseguros, administradoras de riesgos, de medicina prepagada, financiadora de primas o cuotas, asociaciones cooperativas que realicen actividad aseguradora, sociedades de corretajes de seguros y sociedades de corretajes de reaseguros, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.835 Extraordinaria de fecha 03 de septiembre de 2024, tienen carácter uniforme y serán aplicables a partir del ejercicio económico 2026“, señaló la Sudeaseg en su página web.

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Esta normativa destaca en las disposiciones generales que las empresas de seguros deberán mantener a la disposición de los funcionarios de la Sudeaseg la composición, análisis y soportes de los saldos que conforman las cuentas de los grupos de activo, pasivo,
ingresos, egresos y cuentas de orden.

También tienen que tener a la mano las conciliaciones bancarias mensuales de las cuentas
registradas en las instituciones del sector bancario nacional y bancos del exterior.

Los arqueos mensuales de caja y el acta suscrita entre el custodio y la persona designada para efectuar el arqueo.

Igualmente los arqueos mensuales de caja chica y el acta suscrita entre el custodio y la persona designada para efectuar el arqueo.

Para más información sobre esta norma ingresar al siguiente link

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CIAP UCAB y Real Seguros harán diplomado de formación profesional para Intermediarios

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CIAP UCAB y Real Seguros realizarán Diplomado de Formación Profesional para el Intermediario de Seguros

El Centro Internacional de Actualización Profesional (CIAP) de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), conjuntamente con Real Seguros, realizará el Diplomado de Formación Profesional para el Intermediario de Seguros el el próximo 15 de octubre.

El CIAP informó en su página web que el diplomado busca que cada participante reconozca los elementos fundamentales de un intermediario, que experimente durante su formación las situaciones que vive un asegurado y una compañía aseguradora a través de casos prácticos, identifique su propio estilo como agente o corredor y contextualice sus aprendizajes como intermediario de seguros.

La institución afirmó que el interesado “podrá encontrar las herramientas y conocimientos necesarios” para optar por la autorización ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).

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Las personas interesadas podrán reconocer los cambios económicos, sociales y políticos en el entorno e identifica oportunidades en el sector asegurador, los diferentes tipos de seguros, así como las leyes y regulaciones que rigen el sector.

También podrán desarrollar las funciones básicas del intermediario, sus responsabilidades, campo de acción y los derechos que derivan de tal condición, resolviendo problemas de manera efectiva, entre otros.

“Este Diplomado desarrolla competencias básicas y fundamentales con un enfoque teórico práctico para iniciar operaciones como intermediario en el sector asegurador, abarcando los diferentes tipos de seguros, así como de las leyes y regulaciones que rigen el sector”, agregó el CIAP.

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Aseguradoras deben brindar capacitación a los trabajadores sobre los canales alternativos

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Aseguradoras deben brindar capacitación a los trabajadores sobre los canales alternativos

Las aseguradoras venezolanas deben ofrecer capacitación a sus empleados sobre los canales alternativos, contemplados en las Normas que Rigen los Canales de Comercialización y el uso
de las Tecnologías del Mercado Financiero (Fintech) y las Tecnologías del Mercado
de la Actividad Aseguradora (Insurtech).

A través de una circular, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) explicó que la finalidad es que se informe adecuadamente a los potenciales tomadores, asegurados, beneficiarios, contratantes, usuarios y o afiliados, al momento de la suscripción del contrato, sobre las características y condiciones de los productos que están promocionando u ofertando.

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La Sudeaseg añadió que “las empresas de seguros y de medicina prepagada deben implementar programas de capacitación acordes a la naturaleza comercial del canal alternativo”.

Requisitos

De acuerdo con la normativa de la Sudeaseg, deberá elaborarse un programa de capacitación por ramo, por ejemplo, funerario, de vida, patrimoniales, entre otras, ya sea que se idee para un microseguro, seguro inclusivo o seguro masivo.

Igualmente deberá elaborarse un programa de capacitación por ramo, por ejemplo,
funerario, de vida, patrimoniales, entre otras, ya sea que se idee para un
microseguro, seguro inclusivo o seguro masivo
.

“Todo programa de capacitación deberá remitirse a la Superintendencia de la
Actividad Aseguradora para su aprobación, en un lapso no mayor de tres (3) días
hábiles. Los programas de capacitación tendrán una duración no menor de seis (6) horas”, informó la Sudeaseg.

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora podrá requerir de las empresas de ser necesario, que impartan su plan de formación a los funcionarios de este órgano de control a los fines de valorar su idoneidad.

En el siguiente link la circular de la Sudeaseg

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