Mercado Asegurador

Sudeaseg ordena igualdad en productos de seguros vendidos por canales alternativos e intermediarios

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La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) emitió la circular N° SAA-07-0124-2025, con fecha 20 de agosto, en la que establece la obligación de garantizar la igualdad de condiciones y características de los productos de seguros colocados a través de canales alternativos e intermediarios.

Según el documento oficial, esta medida busca evitar obstáculos injustificados o prácticas discriminatorias en la comercialización de productos como microseguros, seguros inclusivos y seguros masivos. La norma aplica tanto a las empresas de seguros como a las asociaciones cooperativas que realicen actividad aseguradora y que utilicen canales alternativos, previa autorización de la Superintendencia.

La circular precisa que los productos que se ofrezcan por canales alternativos deben estar igualmente disponibles a través de los intermediarios tradicionales de la actividad aseguradora, bajo las mismas condiciones y características, salvo diferencias naturales derivadas de las primas.

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Canales alternativos e intermediarios bajo el mismo marco regulatorio

Con esta medida, la Sudeaseg reafirma su intención de garantizar un mercado asegurador más transparente, inclusivo y equitativo, donde tanto los canales alternativos (como plataformas digitales, insurtech y fintech) como los intermediarios tradicionales operen bajo reglas similares en cuanto a comercialización.

El organismo subrayó que el cumplimiento de esta disposición responde a lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley de la Actividad Aseguradora. Así como al artículo 6 de las normas que rigen los canales de comercialización y el uso de tecnologías financieras y aseguradoras.

De esta manera, la Sudeaseg apunta a fortalecer la confianza en el mercado, garantizar el acceso justo a productos de protección y consolidar un marco regulatorio que responda al avance de la innovación tecnológica en el sector asegurador venezolano.

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