Dinero
Seniat exige número de RIF visible en publicidad digital y redes sociales
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) modificó las disposiciones relacionadas con el Registro Único de Información Fiscal (RIF) mediante la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.435 del 12 de agosto de 2026.
La nueva normativa incorpora exigencias para la publicidad difundida a través de medios masivos y plataformas digitales. Entre ellas, establece que las piezas publicitarias deben mostrar de forma visible y legible el número de RIF del anunciante.
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La disposición incluye plataformas como Instagram y Facebook, por lo que las empresas y personas que desarrollen actividades comerciales mediante redes sociales deberán considerar esta identificación dentro de sus publicaciones publicitarias.
Nuevo requisito del RIF alcanza la publicidad digital
La normativa permite incorporar el número de RIF dentro del diseño de la pieza publicitaria. Sin embargo, la identificación debe mantener una presentación visible y legible para cumplir con la exigencia tributaria.
De esta manera, el requisito no obliga a modificar el mensaje principal de los anuncios. El número de identificación fiscal puede integrarse como un elemento adicional dentro de la composición gráfica.
La medida amplía el alcance de las obligaciones vinculadas con el RIF y establece nuevas referencias para la presencia comercial de contribuyentes en entornos digitales.
Además, la disposición incorpora cambios operativos relacionados con la información fiscal de los contribuyentes. Estos ajustes forman parte de las modificaciones introducidas por el Seniat al régimen del Registro Único de Información Fiscal.
Seniat amplía el control sobre actividades comerciales en redes
La incorporación de la publicidad digital dentro de estas disposiciones refuerza la relación entre las obligaciones tributarias y las nuevas modalidades de comercio.
Las redes sociales se han convertido en canales utilizados por empresas, emprendedores y otros contribuyentes para promocionar productos y servicios. Por ello, la identificación fiscal pasa a formar parte de los elementos que deben considerar al momento de desarrollar campañas publicitarias.
La Providencia Administrativa SNAT/2026/00080 establece así un marco para la identificación del anunciante en contenidos publicitarios difundidos mediante medios digitales y tradicionales.
Los contribuyentes deberán revisar sus materiales y procesos de publicidad para adecuarlos a las nuevas disposiciones. Asimismo, será necesario considerar los demás cambios operativos contemplados por la reforma del régimen del RIF.
Con estas modificaciones, el Seniat incorpora nuevas exigencias para la actividad comercial en plataformas digitales y fortalece los mecanismos de identificación tributaria de los anunciantes en Venezuela.
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