Mercado Asegurador
Qué calificación necesitan las empresas de reaseguros extranjeras para operar en Venezuela
Las Normas Relativas al Registro de Empresas de Reaseguros Extranjeras establecen la calificación mínima para operar en el país.
De acuerdo con el artículo 7 de la normativa, las empresas de reaseguro extranjera requieren de una calificación de la capacidad financiera a escala internacional elaborada por algunas de las calificadoras de riesgos, que no tengan más de 12 meses de antigüedad a la fecha de la solicitud:
Standard & Poor’s, BBB-; Fitch Ratings, B+; Moody’s BBB- y A.M. Best Baa3
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Las Normas Relativas al Registro de Empresas de Reaseguros Extranjeras también precisan que podrán aceptarse calificaciones que procedan de agencias calificadoras distintas a las señaladas, en cuyo caso la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) evaluará su admisibilidad.
Si la empresa de reaseguro extranjera inscrita descendiera a cualquiera posición por debajo de. los niveles mínimos de clasificación de riesgo, la Sudeaseg procederá a la exclusión de su
registro.
Lloyd’s of London
El artículo 8 señala que para los fines de la inscripción en el registro de empresas de reaseguros extranjeras, el mercado de seguros y reaseguros de Lloyd’s of London será considerado como un solo reasegurador.
En estes entido, Lloyd’s of London deberá, a través de la persona natural o jurídica que realiza el trámite, remitir a la Sudeaseg la lista de los Sindicatos miembros de Lloyd´s.
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