Dinero
Oficializaron porcentaje que deben destinar las empresas a las pensiones
El Ejecutivo publicó en Gaceta Oficial Nº 6.806 la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social, lo cual establece el porcentaje que deben destinar las empresas para las pensiones.
“El monto de la contribución especial prevista en esta Ley será de hasta el quince por ciento (15%) del total de los pagos realizados por el contribuyente a lo trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial”, precisa el texto legal.
En este sentido, la normativa aclara que en ningún caso la base del cálculo de los pagos realizados a cada trabajadora será menor al ingreso mínimo integral.
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La Gaceta Oficial también señala que el pago debe hacerse de forma mensual a través del Seniat por medio de procedimientos y facultades para el control fiscal establecidos en el Decreto Constituyente.
La contribución será deducible como gasto para el cálculo de la declaración definitiva del Impuesto sobre la Renta (ISLR).
Sanciones
El texto legal artículos se menciona el tema de las sanciones para quienes no cumplan con ello.
“La falta de pago de la contribución especial prevista en esta Ley dentro del plazo establecido hace surgir, de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento previo de la Administración Tributaria, la obligación de pagar intereses moratorios, de conformidad con lo previsto en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánica Tributario”, precisa el artículo 12.
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