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Aseguradora obligada a pagar rotura de prótesis mamaria por caída en autobús

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El poder judicial de España obligó a una aseguradora a indemnizar con 3.722,50 euros a una mujer que sufrió una rotura de su prótesis mamaria derecha, a causa de un frenazo generado por el conductor de un autobús urbano de Pamplona.

La Sección Tercera de la Audiencia de Navarra consideró que también existe una responsabilidad imputable a la propia mujer demandante porque la rotura se pudo producir, según los peritos, porque la prótesis mamaria ya estaba previamente dañada.

“Con lo expuesto, cabe advertir una concurrencia parcial de responsabilidad imputable a la propia demandante, por la falta de renovación de las prótesis en tiempo adecuado, dando lugar a una situación de mayor predisposición a su posible rotura”, señaló el tribunal en nota de prensa.

No obstante, el la Audiencia, aclaró que “la caída en el bus sí es causa de la rotura de la prótesis, no exclusiva o única, pero desde luego en todo caso concurrente y determinante, junto con la responsabilidad de la propia demandante antes indicada”.

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Autobús conocido como villavesa

LOS HECHOS

Las lesiones a la mujer se produjeron específicamente el 5 de mayo de 2021, cuando la pasajera se cayó en el interior de una villavesa (autobús) por el frenazo brusco del conductor.

La mujer, que ya había sido indemnizada por las lesiones y secuelas sufridas consistentes en policontusiones y latigazo cervical, reclamó judicialmente la rotura de la prótesis mamaria.

En este sentido los jueces de la Audiencia de Navarra hicieron una revisión exhaustiva de un video, donde muestra que “la demandante accedió de última al bus, y cuando había atravesado aproximadamente la mitad de su longitud, puesto ya en marcha el vehículo, se produjo repentinamente un brusco frenazo que desplazó a la pasajera de espaldas varios metros, hasta terminar cayendo al suelo”.

Por todo lo expuesto, la Audiencia declaró la concurrencia causal en la rotura de la prótesis, “imputable tanto a la demandante (por falta de renovación una vez superada su vida media) como a la aseguradora demandada por la caída en el autobús de la que resulta responsable”.

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