Mercado Asegurador
¿Qué te puede costar incumplir las normas del sector asegurador? Conoce las sanciones
Las Normas sobre la Aplicación de las Sanciones en la Actividad Aseguradora contiene el conjunto de penalizaciones para los actores del sector que sean objeto de irregularidades.
Las sanciones establecidas en la normativa son: multa, exclusión de los registros, suspensión de la autorización por un año para los intermediarios y auxiliares, y revocatoria de la autorización por cinco años para los intermediarios y auxiliares.
De igual manera está contemplada la prohibición de ejercer la actividad aseguradora por diez años al igual que la suspensión de la autorización por diez años para las
sociedades de corretaje de reaseguros.
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“Es competencia exclusiva del Superintendente de la Actividad Aseguradora iniciar, sustanciar y decidir los respectivos procedimientos de inspección y sancionatorios. Sin embargo, podrá delegar sus atribuciones, en razón de las técnicas traslativas de competencias, a los funcionarios de la Superintendencia para la realización de inspecciones y la sustanciación de losprocedimientos administrativos de naturaleza sancionatoria, menciona el artículo cuatro de las normas, publicadas en el sitio de Internet de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).
De igual manera será obligatoria la sustanciación del expediente administrativo en el que se
garantice el derecho a la defensa y el debido proceso, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Sin embargo, no se requerirá la tramitación del procedimiento administrativo en los casos que la Ley de la Actividad Aseguradora indique que se aplicará, causará o procederá determinada medida o sanción de pleno derecho.
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