Mercado Asegurador

¿Qué debe tener un logo para que sea aprobado por la Sudeaseg?

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La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) explicó qué aspectos deben tener los logos de los corredores de seguros para que sean aprobados ante este organismo público.

A través de un dictamen denominado divulgación y publicidad en la actividad aseguradora, la Sudeaseg, por medio del apartado Ejemplos de solicitudes de publicidad procesadas por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, puso de ejemplo dos tipos de logos.

De acuerdo con el ente gubernamental, el logo de la imagen 1 cumple con todos los requisitos exigidos, como es el caso de nombre, número de credencial, número de rif y tipo de actividad.

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En cuanto a la imagen 2, ésta no cuenta con la identificación del intermediario más allá del nombre, el cual, además, está seguido por la palabra “seguros”.

A juicio de la Sudeaseg podría prestarse a confusión para el público respecto a si se trata de una persona natural o jurídica.

CONCLUSIONES DE LA SUDEASEG

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora determinó que una vez analizada la normativa relacionada con la divulgación y publicidad en la actividad aseguradora, se puede notar que trata de un tema que cobra relevancia.

El organismos consideró que repercute en forma directa en la imagen del sector asegurador y los derechos del público en general, al cual va dirigida la publicidad, y que merece contar con información certera, lícita, verificable, segura, respetuosa que le permita elegir libremente el producto de seguro o de medicina prepagada que se ajuste a sus necesidades y preferencias, sin correr el riesgo de ser víctimas de publicidad abusiva o engañosa.

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