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Mercado Asegurador

Normas prudenciales: así quedaron establecidas las nuevas tarifas de primas RCV

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Normas prudenciales: así quedaron establecidas las nuevas tarifas de primas RCV

En las normas prudenciales del mercado asegurador fueron publicadas las nuevas tarifas de primas vinculadas al Seguro de Responsabilidad Civil Vehicular (RCV).

Las primas y montos de las garantías son expresadas en el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

En este sentido las primas a cobrar quedaron establecidas desde los 33 euros en adelante, 39 euros camionetas y 15 euros motos.

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Las primas de las unidades de transporte que prestan servicios en las rutas serán de: urbanas, 114 euros, suburbanas, 114 e interurbanas, 258 euros.

Igualmente tendrán nuevos precios los vehículos de carga y transporte, como se refleja en la siguiente tabla:

De acuerdo con la cláusula 7 de las Normas sobre las Condiciones Generales y Uniformes de las Tarifas que Conforman la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos (RCV), el tomador debe pagar la prima en el plazo de quince (15) días continuos contados a partir de la fecha de inicio o renovación del contrato, según corresponda, sin perjuicio de su exigibilidad contra la entrega de la póliza,

Si la prima no fuere pagada en el plazo indicado, el contrato quedará resuelto desde el inicio de la vigencia del contrato, sin necesidad de previo aviso al tomador.

La norma precisa que “al ocurrir cualquier accidente en el que resulten daños a terceros, el Asegurado o el tercero deberá en un plazo máximo de quince (15) días hábiles siguientes a partir de la fecha de conocimiento del hecho”.

Las primas fueron establecidas en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.835 de fecha 03 de Septiembre 2024.

Igualmente las sumas aseguradas fueron elevadas para mayor protección de los tomadores de seguros, con respecto a daños a terceros.

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Mercado Asegurador

Normas de Contabilidad y Código de Cuentas en aseguradoras no serán aplicables este año

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Las Normas de Contabilidad y Código de Cuentas en empresas de seguros no se aplicarán este año, aclaró la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) a través de una circular.

“Las Normas de Contabilidad y Código de Cuentas para empresas de seguros, reaseguros, administradoras de riesgos, de medicina prepagada, financiadora de primas o cuotas, asociaciones cooperativas que realicen actividad aseguradora, sociedades de corretajes de seguros y sociedades de corretajes de reaseguros, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.835 Extraordinaria de fecha 03 de septiembre de 2024, tienen carácter uniforme y serán aplicables a partir del ejercicio económico 2026“, señaló la Sudeaseg en su página web.

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Esta normativa destaca en las disposiciones generales que las empresas de seguros deberán mantener a la disposición de los funcionarios de la Sudeaseg la composición, análisis y soportes de los saldos que conforman las cuentas de los grupos de activo, pasivo,
ingresos, egresos y cuentas de orden.

También tienen que tener a la mano las conciliaciones bancarias mensuales de las cuentas
registradas en las instituciones del sector bancario nacional y bancos del exterior.

Los arqueos mensuales de caja y el acta suscrita entre el custodio y la persona designada para efectuar el arqueo.

Igualmente los arqueos mensuales de caja chica y el acta suscrita entre el custodio y la persona designada para efectuar el arqueo.

Para más información sobre esta norma ingresar al siguiente link

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CIAP UCAB y Real Seguros harán diplomado de formación profesional para Intermediarios

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CIAP UCAB y Real Seguros realizarán Diplomado de Formación Profesional para el Intermediario de Seguros

El Centro Internacional de Actualización Profesional (CIAP) de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), conjuntamente con Real Seguros, realizará el Diplomado de Formación Profesional para el Intermediario de Seguros el el próximo 15 de octubre.

El CIAP informó en su página web que el diplomado busca que cada participante reconozca los elementos fundamentales de un intermediario, que experimente durante su formación las situaciones que vive un asegurado y una compañía aseguradora a través de casos prácticos, identifique su propio estilo como agente o corredor y contextualice sus aprendizajes como intermediario de seguros.

La institución afirmó que el interesado “podrá encontrar las herramientas y conocimientos necesarios” para optar por la autorización ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).

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Las personas interesadas podrán reconocer los cambios económicos, sociales y políticos en el entorno e identifica oportunidades en el sector asegurador, los diferentes tipos de seguros, así como las leyes y regulaciones que rigen el sector.

También podrán desarrollar las funciones básicas del intermediario, sus responsabilidades, campo de acción y los derechos que derivan de tal condición, resolviendo problemas de manera efectiva, entre otros.

“Este Diplomado desarrolla competencias básicas y fundamentales con un enfoque teórico práctico para iniciar operaciones como intermediario en el sector asegurador, abarcando los diferentes tipos de seguros, así como de las leyes y regulaciones que rigen el sector”, agregó el CIAP.

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Aseguradoras deben brindar capacitación a los trabajadores sobre los canales alternativos

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Aseguradoras deben brindar capacitación a los trabajadores sobre los canales alternativos

Las aseguradoras venezolanas deben ofrecer capacitación a sus empleados sobre los canales alternativos, contemplados en las Normas que Rigen los Canales de Comercialización y el uso
de las Tecnologías del Mercado Financiero (Fintech) y las Tecnologías del Mercado
de la Actividad Aseguradora (Insurtech).

A través de una circular, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) explicó que la finalidad es que se informe adecuadamente a los potenciales tomadores, asegurados, beneficiarios, contratantes, usuarios y o afiliados, al momento de la suscripción del contrato, sobre las características y condiciones de los productos que están promocionando u ofertando.

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La Sudeaseg añadió que “las empresas de seguros y de medicina prepagada deben implementar programas de capacitación acordes a la naturaleza comercial del canal alternativo”.

Requisitos

De acuerdo con la normativa de la Sudeaseg, deberá elaborarse un programa de capacitación por ramo, por ejemplo, funerario, de vida, patrimoniales, entre otras, ya sea que se idee para un microseguro, seguro inclusivo o seguro masivo.

Igualmente deberá elaborarse un programa de capacitación por ramo, por ejemplo,
funerario, de vida, patrimoniales, entre otras, ya sea que se idee para un
microseguro, seguro inclusivo o seguro masivo
.

“Todo programa de capacitación deberá remitirse a la Superintendencia de la
Actividad Aseguradora para su aprobación, en un lapso no mayor de tres (3) días
hábiles. Los programas de capacitación tendrán una duración no menor de seis (6) horas”, informó la Sudeaseg.

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora podrá requerir de las empresas de ser necesario, que impartan su plan de formación a los funcionarios de este órgano de control a los fines de valorar su idoneidad.

En el siguiente link la circular de la Sudeaseg

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