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Ley de la Actividad Aseguradora entrará en vigencia formalmente a finales de marzo

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Lo que debes saber sobre la nueva Ley de la Actividad Aseguradora (+Detalles)

María del Carmen Bouffard, presidenta ejecutiva de la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV), aclaró que la Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora entrará en vigencia formalmente el viernes 29 de marzo de 2024.

Agregó que luego de la entrada en vigencia de la ley, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) se encargará de dictar el reglamento sobre las normas de rango sublegal que requiera el desarrollo del instrumento jurídico. 

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“En muchos aspectos la ley tiene normas macro y delega el desarrollo de esas normas a la Sudeaseg, como por ejemplo, todo lo que es el tema de los microseguros, seguros inclusivos, seguros masivos, canales alternativos, digitalización y las insurtech (tecnología para el sector)”, dijo durante un encuentro con periodistas.

INVERSIONES

Con relación a las inversiones, Bouffard acotó que todo el dinero que entra a las compañías de seguro, por concepto de primas, no le queda a las propias empresas.

Explicó que de esas primas se deben pagar impuestos, comisión a intermediarios y constituir unas reservas. Esas reservas tienen que estar en inversiones y se debe tener más del 50% disponible en em bancos, otro 30% en títulos valores y 20% en inmuebles y predios urbanos edificados.

“La reforma amplía el portafolio: habla de fondos inmobiliarios, fondos de inversión pero ya no establece los porcentajes como están ahora sino que dice que la Superintendencia, anualmente, dictará el porcentaje”.

CANALES ALTERNATIVOS

Sobre los denominados canales alternativos, contemplados en el instrumento jurídico, precisó que éstos están limitados a: decolectivo, vida individual, gastos funerarios, accidentes personales y responsabilidad civil de vehículos.

“Canal alternativo es que una persona pueda utilizar ese canal para ir a comprar una póliza”, explicó.

CULTURA DEL SEGURO

Por otra parte, la representante de la CAV reiteró que en el país no hay cultura de seguro y recordó que en una oportunidad la población accedía a productos de salud a través del sistema público y privado.

Señaló que con el pasar de los años la economía se redujo al igual que el poder adquisitivo del ciudadano común.

“Mucha gente que contaba con un seguro de salud ya no lo tiene. Personas que trabajaban en alguna empresa o en alguna institución pública le daban un seguro de salud pero el tema económico ha sido bien complejo”, finalizó.

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Normas de Contabilidad y Código de Cuentas en aseguradoras no serán aplicables este año

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Las Normas de Contabilidad y Código de Cuentas en empresas de seguros no se aplicarán este año, aclaró la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) a través de una circular.

“Las Normas de Contabilidad y Código de Cuentas para empresas de seguros, reaseguros, administradoras de riesgos, de medicina prepagada, financiadora de primas o cuotas, asociaciones cooperativas que realicen actividad aseguradora, sociedades de corretajes de seguros y sociedades de corretajes de reaseguros, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.835 Extraordinaria de fecha 03 de septiembre de 2024, tienen carácter uniforme y serán aplicables a partir del ejercicio económico 2026“, señaló la Sudeaseg en su página web.

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Esta normativa destaca en las disposiciones generales que las empresas de seguros deberán mantener a la disposición de los funcionarios de la Sudeaseg la composición, análisis y soportes de los saldos que conforman las cuentas de los grupos de activo, pasivo,
ingresos, egresos y cuentas de orden.

También tienen que tener a la mano las conciliaciones bancarias mensuales de las cuentas
registradas en las instituciones del sector bancario nacional y bancos del exterior.

Los arqueos mensuales de caja y el acta suscrita entre el custodio y la persona designada para efectuar el arqueo.

Igualmente los arqueos mensuales de caja chica y el acta suscrita entre el custodio y la persona designada para efectuar el arqueo.

Para más información sobre esta norma ingresar al siguiente link

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CIAP UCAB y Real Seguros harán diplomado de formación profesional para Intermediarios

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CIAP UCAB y Real Seguros realizarán Diplomado de Formación Profesional para el Intermediario de Seguros

El Centro Internacional de Actualización Profesional (CIAP) de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), conjuntamente con Real Seguros, realizará el Diplomado de Formación Profesional para el Intermediario de Seguros el el próximo 15 de octubre.

El CIAP informó en su página web que el diplomado busca que cada participante reconozca los elementos fundamentales de un intermediario, que experimente durante su formación las situaciones que vive un asegurado y una compañía aseguradora a través de casos prácticos, identifique su propio estilo como agente o corredor y contextualice sus aprendizajes como intermediario de seguros.

La institución afirmó que el interesado “podrá encontrar las herramientas y conocimientos necesarios” para optar por la autorización ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).

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Las personas interesadas podrán reconocer los cambios económicos, sociales y políticos en el entorno e identifica oportunidades en el sector asegurador, los diferentes tipos de seguros, así como las leyes y regulaciones que rigen el sector.

También podrán desarrollar las funciones básicas del intermediario, sus responsabilidades, campo de acción y los derechos que derivan de tal condición, resolviendo problemas de manera efectiva, entre otros.

“Este Diplomado desarrolla competencias básicas y fundamentales con un enfoque teórico práctico para iniciar operaciones como intermediario en el sector asegurador, abarcando los diferentes tipos de seguros, así como de las leyes y regulaciones que rigen el sector”, agregó el CIAP.

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Aseguradoras deben brindar capacitación a los trabajadores sobre los canales alternativos

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Aseguradoras deben brindar capacitación a los trabajadores sobre los canales alternativos

Las aseguradoras venezolanas deben ofrecer capacitación a sus empleados sobre los canales alternativos, contemplados en las Normas que Rigen los Canales de Comercialización y el uso
de las Tecnologías del Mercado Financiero (Fintech) y las Tecnologías del Mercado
de la Actividad Aseguradora (Insurtech).

A través de una circular, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) explicó que la finalidad es que se informe adecuadamente a los potenciales tomadores, asegurados, beneficiarios, contratantes, usuarios y o afiliados, al momento de la suscripción del contrato, sobre las características y condiciones de los productos que están promocionando u ofertando.

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La Sudeaseg añadió que “las empresas de seguros y de medicina prepagada deben implementar programas de capacitación acordes a la naturaleza comercial del canal alternativo”.

Requisitos

De acuerdo con la normativa de la Sudeaseg, deberá elaborarse un programa de capacitación por ramo, por ejemplo, funerario, de vida, patrimoniales, entre otras, ya sea que se idee para un microseguro, seguro inclusivo o seguro masivo.

Igualmente deberá elaborarse un programa de capacitación por ramo, por ejemplo,
funerario, de vida, patrimoniales, entre otras, ya sea que se idee para un
microseguro, seguro inclusivo o seguro masivo
.

“Todo programa de capacitación deberá remitirse a la Superintendencia de la
Actividad Aseguradora para su aprobación, en un lapso no mayor de tres (3) días
hábiles. Los programas de capacitación tendrán una duración no menor de seis (6) horas”, informó la Sudeaseg.

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora podrá requerir de las empresas de ser necesario, que impartan su plan de formación a los funcionarios de este órgano de control a los fines de valorar su idoneidad.

En el siguiente link la circular de la Sudeaseg

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